REGISTRO CIVIL

TRÁMITES REGISTRO CIVIL

La solicitud puede ser presentada en persona en cualquier registro civil, o enviada por correo certificado.

¿Que es?

La rectificación de la mención registral relativa al sexo de una persona en su inscripción de nacimiento es un trámite que permite ajustar dicha información. En ocasiones, este proceso también implica el cambio del nombre propio para que coincida con el sexo solicitado. Es importante destacar que el nuevo nombre debe estar en conformidad con las normativas establecidas para realizar cambios en este ámbito.

Cualquier persona mayor de dieciséis años y de nacionalidad española puede solicitarlo directamente en el Registro Civil.

Los menores de entre catorce y dieciséis años tienen la posibilidad de presentar la solicitud con el apoyo de sus representantes legales, quienes les asistirán en el proceso. En caso de conflicto entre los representantes legales o con el menor, se designará un defensor judicial.

Las personas con discapacidad también pueden solicitar la rectificación del registro de sexo con las ayudas necesarias.

Por último, aquellos menores de entre doce y catorce años podrán llevar a cabo la solicitud tras obtener el permiso de un juez.

El proceso se inicia con la presentación de la solicitud por parte de la persona legitimada. Con la entrada en vigor de la Ley 4/2023, de 28 de febrero, para la equiparación real y efectiva de los derechos de las personas trans y para la protección de los derechos de las personas LGTBI (2 de marzo de 2023), ya no se requiere presentar informes médicos o psicológicos sobre la discrepancia con el sexo registrado al nacer ni acreditar modificaciones físicas a través de procedimientos médicos o quirúrgicos.

Una vez recibida la solicitud, se convocará a la persona legitimada para una comparecencia en el registro. En dicha cita, el funcionario encargado recogerá la manifestación de la discrepancia con el sexo registrado, la petición de rectificación y la elección de un nuevo nombre, salvo que prefiera mantener el actual. Posteriormente, se fijará otra cita en un plazo máximo de tres meses para que la persona ratifique su solicitud y confirme su decisión.

En caso de ratificación, la resolución sobre la rectificación registral se emitirá en un plazo máximo de un mes a partir de la segunda comparecencia. La modificación tendrá efecto desde su inscripción en el Registro Civil, otorgando a la persona todos los derechos asociados a su nueva identidad.

Es importante destacar que la rectificación registral del sexo es reversible. Después de seis meses de la inscripción, aquellos que solicitaron la modificación pueden revertirla siguiendo el mismo procedimiento establecido.

Documentos requeridos:

– Carta de solicitud que debe incluir, si corresponde, la elección del nuevo nombre, así como los datos de identificación.
– Certificado literal de registro de nacimiento.
– Documento Nacional de Identidad (DNI).
– Para menores de entre 12 y 14 años, copia de la resolución judicial que autoriza el cambio de la mención registral de sexo.

ACOMPAÑAMIENTO Y APOYO EN EL PROCESO

– Busca grupos de apoyo o comunidades LGBT+ en tu área que puedan brindarte orientación y apoyo emocional durante este proceso.
– Habla con amigos y familiares de confianza para contarles sobre tu decisión y buscar su apoyo.
– Considera buscar ayuda terapéutica para procesar emocionalmente tu transición de nombre y género.
– Participa en actividades o eventos que celebren la diversidad de género y te hagan sentir aceptada y validada en tu identidad.
– Recuerda que este proceso puede ser desafiante, pero es importante recordar que tienes derecho a vivir de acuerdo a tu identidad de género y nombre deseado.

Espero que estos consejos te sean útiles en tu proceso de cambio de nombre y género en tus documentos legales. ¡Te deseo mucho éxito y apoyo en este importante paso de tu vida.